La Audiencia Provincial de Teruel acaba de condenar a un joven a cuatro años de prisión como, como autor responsable de un delito de abusos sexuales a menor de dieciséis años previsto y penado en el art. 183.1 y 4 d) del Código Penal a la pena de cuatro años y un
día de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena e imponiéndole la medida de libertad vigilada por tiempo de cinco años, cuya ejecución se iniciará tras el cumplimiento de la pena de prisión
De la lectura de la sentencia, los magistrados , dos de los tres que componen la Auidencia, consideran que solo se puede probar que el hoy condenado es autor de un episodio de abusos que , por otra parte, reconoció en juicio, alegando que estaba bajo los efectos del alcohol
El texto de la sentencia reconoce que la menor mantuvo relaciones sexuales con acceso carnal por vía vaginal y anal desde muy temprana edad, al menos desde la menarquia.
Que mantuvo probablemente relaciones íntimas con algún varón de su familia
cuarenta y ocho horas antes de su fallecimiento (lapso temporal que se concretó
en el acto del juicio por los forenses que depusieron).
Pero no aportan razón concluyente alguna que apunte o sirva para concretar que fue el acusado el que durante la vida de la menor abusó con frecuencia de ella y en dicha forma. Tampoco que fuera el que mantuvo el contacto íntimo veinticuatro horas antes de fallecer.
La sentencia tiene un voto particular de una magistrada que pide aumentar la condena en base , sobre todo a los informes periciales