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El TSJA confirma la sentencia de “Igor el Ruso” dictada por la Audiencia de Teruel

Los magistrados de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón han confirmado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Teruel que condenaba a “Igor el Ruso” la pena de prisión permanente revisable por el asesinato de Víctor Jesús C.E.
y a 50 años de prisión por dos delitos de asesinato, a Víctor R.P. y José Luis I.A. (25 años por cada uno de ellos).
En la sentencia, hecha pública hoy, los magistrados de la Sala Civil y Penal
del Tribunal Superior de Justicia de Aragón desestiman el recurso de
apelación presentado por el abogado de Norbert F. contra la sentencia de la
Audiencia Provincial de Teruel confirmando así la resolución dictada.
Entre los distintos motivos de recurso presentados por la defensa de
Norbert F. el tribunal no comparte el argumento de la defensa según el cual
no existe prueba de cargo, directa ni indirecta, porque los agentes de la
Guardia Civil estaban armados y pudieron oponer resistencia eficaz al
ataque ya que superaban en número a Norbert F.. Sobre este motivo
entiende el tribunal que la alevosía está presente en los tres homicidios
dada la “inexistencia de probabilidades de defensa” que tenían estas
personas al haber sido atacadas por la espalda y desde su escondida
posición. Respecto al motivo de ensañamiento argumentan también que en
el proceso quedó acreditado el deseo de causar un sufrimiento mayor a las
víctimas, tanto porque se descargaron totalmente las armas sobre las
víctimas como por la localización de algunos impactos de bala. Por ello
concluyen que “se ha infligido en el presente caso un dolor singular a las
víctimas, utilizando una metodología homicida cruel”.
Sobre la argumentación del letrado de la defensa de que no debió
observarse la existencia de delito de atentado cometido en las personas de
los dos guardias civiles porque vestían de paisano y el vehículo que usaban
no era identificable, responden los magistrados que “aunque no están
presentes tales circunstancias identificativas puede haber otras, como
ocurre en este caso, que son valoradas por el Jurado y expuestas en la
sentencia recurrida, y que conducen, sin lugar a dudas, al acusado a saber
@TSJAragon www.poderjudicial.es
que estaba ante agentes de la autoridad cuando les dispara”. El tribunal
entiende por tanto que ha quedado acreditado que “el acusado no albergaba
ninguna duda sobre la condición de agentes de la Guardia Civil de sus
víctimas cuando sin darles tiempo desenfundar sus armas, les dispara
oculto desde detrás del vehículo, y luego los remata” por lo que desestiman
también que el acusado pudiera haber actuado en legítima defensa como
explica su abogado en el recurso.
Contra la sentencia dictada por la Sala Civil y Penal cabe recurso de
casación ante el Tribunal Supremo, recurso que se ha de presentar en el
plazo de cinco días

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