La Audiencia Provincial de Zaragoza, ha dictado un auto que revisa la pena impuesta a un hombre condenado por delito de agresión sexual. En aplicación del nuevo texto legal LO 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual,esta revisión de la pena supone una reducción, ya que frente a la pena inicialmente impuesta de nueve años y un día de prisión, el auto ahora dictado establece la condena en cinco años, tres meses y un día de prisión.
De todas las condena revisadas hasta el momento por esta sección de la Audiencia Provincial, esta es la segunda que dicta con reducción de condena.
El auto de la Audiencia dice en su fundamento de derecho tercero que
– En la Sentencia 449/2021, como se ha reseñado, se aplican los preceptos
penales de agresión sexual que estaban castigados con la pena de doce a quince
años; y, habiéndose apreciado, en cuanto a tal delito, la concurrencia de una
agravante, de una atenuante y de otra atenuante muy cualificada, se impuso la pena
de nueve años y un día de prisión. Es decir, se impuso la pena inferior en grado (de 6
años a 12 años menos un día) y, dentro de ese margen, se impuso la pena de 9 años
y un día de prisión.
Partiendo de la extensión actual de la pena para el delito de agresión sexual tras la
entrada en vigor de la L.O. 10/2022, que es de siete a quince años, la pena inferior
en grado es de tres años y medio a siete años menos un día; y, aplicando los mismos
criterios que en la sentencia mencionada, procedería imponer la pena de cinco años,
tres meses y un día de prisión. Se trata, por tanto, de una norma más favorable, por
lo que procede la revisión de la sentencia en dichos estrictos términos.