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viernes, 29 marzo 2024 - 3:10:23
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La Dirección General de Consumo realiza una serie de recomendaciones ante la compra de coleccionables

Se calcula que en España se ofrecen unas 200 colecciones anuales

El mes de septiembre suele llevar consigo la multiplicación de variadísimos productos que las editoriales ponen a la venta en forma de coleccionables (se calcula que en España se ofrecen unas 200 colecciones anuales). A la hora de adquirir uno, desde la Dirección General de Consumo se recomienda valorar si la colección de que se trata nos interesa realmente e informarse tanto del número de entregas de que va a constar como del precio de cada una de ellas, para saber si compensa la compra por fascículos, y de la periodicidad, información que debe facilitar la editorial.

También se debe tener en cuenta que hay colecciones en las que es necesario disponer de todas las entregas para completarlas. No obstante, en caso de no haber adquirido alguna de las entregas se pueden solicitar los números atrasados al vendedor o a la propia editorial. Además, es conveniente guardar la lista de los títulos que componen la colección y que viene facilitada en la primera entrega, para saber cuales interesan.

Si se opta por la suscripción, habrá de elegirse tanto el medio de pago (domiciliación bancaria o contra reembolso, en la mayoría de los casos) como el lugar donde queremos recibir el producto (en la Oficina de Correos o en domicilio, comprobando si esta segunda opción conlleva un coste añadido).

Por último, es imprescindible conservar toda la documentación (comprobante de compra, condiciones de la suscripción) por si en un momento determinado hubiera que presentar una reclamación.

Se trata de un sector que, desde el punto de vista de Consumo, no dispone de regulación específica, por lo que hay que acudir a la normativa general de protección y defensa de los consumidores y usuarios, publicidad, etiquetado y presentación, y garantías.

Según esta normativa, hay una serie de derechos que asisten al consumidor, destacando tres cuestiones. En primer lugar, la editorial debe garantizar que completará la colección una vez puesta en el mercado, independientemente de que por motivos de venta se retire. En el caso de que se haya hecho una suscripción, el consumidor tiene derecho a que le entreguen todos los fascículos o a que le devuelvan el importe íntegro de las cantidades que se le han pagado.

La segunda cuestión es que el producto debe estar etiquetado, aportándose una información veraz y suficiente sobre las características esenciales del mismo (fundamentalmente el número de entregas, el precio de cada una de ellas y del total de la colección, las características del producto ofertado y el nombre y domicilio del responsable).

Por último, el consumidor deber saber que si la colección se refiere a bienes de consumo, la garantía del producto tiene que ser de dos años.

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