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La jueza de lo Penal de Teruel condena a Francis Franco a 30 meses de prisión por delitos de atentado y conducción temeraria

Francis franco, durante el juicio

La juzgadora condena también al acusado a indemnizar al Guardia Civil lesionado con 1.500 euros y a la Dirección de la Guardia Civil con 2.720 euros tal y como solicitaban el Ministerio Fiscal, el Abogado del Estado y el letrado del Guardia Civil.

La magistrada del juzgado de lo Penal de Teruel, encargada de enjuiciar la causa abierta contra Francisco de Asis Franco Martínez-Bordiu y Silviu Nicolae R. por varios delitos cometidos el 30 de abril de 2012 en la provincia de Teruel, ha absuelto a Silviu Nicolae de todos los cargos que se le imputaban y condena a Francisco Franco, como autor criminalmente responsable, de un delito de atentado contra agentes de la autoridad, un delito de daños, un delito de conducción temeraria y al pago de las tres cuartas partes de las costas del juicio, incluidas las devengadas por el Abogado del Estado.
Por ello, le impone una pena de 18 meses de prisión por el delito de atentado y 12 meses de prisión por el delito de conducción temeraria, privándole del derecho a conducir vehículos a motor durante dos años y seis meses. Además, por el delito de daños le impone una multa de 12 meses, con una cuota diaria de 40 euros y la obligación de indemnizar al agente de la Guardia Civil, perteneciente al Destacamento de Tráfico de Monreal del Campo (Teruel), con 1.500 euros y a la Dirección de la Guardia Civil en la cantidad de 2.720 euros por daños en los vehículos.
Frente a los delitos que se le imputaban, -atentado agravado por el uso de medio peligroso, delito de daños agravado y la falta de lesiones-, la juzgadora falla su absolución, al igual que para la compañía de seguros y
reaseguros AXA AURORA IBERICA S.A., como responsable civil subsidiaria.
En sus razonamientos jurídicos, y tras una vasta argumentación, la jueza concluye que la “suficiencia y racionalidad” de las pruebas presentadas destruye “sin género de dudas, la presunción de inocencia que
provisionalmente ampara al acusado Francisco Franco por estos hechos”.

Ante la controversia entre letrados por los hechos ocurridos, manifiesta la jueza que “los diferentes testimonios presentados por la Defensa no superan el juicio de verosimilitud por cuanto se califican de poco creíbles y
no ajustadas a la realidad” pero que la declaración del agente de la Guardia Civil que resultó lesionado “se ha mantenido inalterable a lo largo de las diferentes fases procesales de la causa” sin que conste animadversión
alguna hacia el acusado, y estando sus declaraciones corroboradas por datos objetivos externos.

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