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Publicado el Catálogo de Servicios y Prestaciones para las personas con dependencia moderada

En Aragón hay más de 4.500 personas con un grado de dependencia moderado

El Boletín Oficial de Aragón (BOA) ha publicado la normativa por la que se establece el régimen de acceso a los servicios y prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en la Comunidad Autónoma de Aragón para las personas en situación de dependencia moderada. Se cumple así con el calendario de aplicación de la Ley que recomendaba establecer el catálogo para este grado en el momento de su implantación, una vez vistos los resultados de los tres primeros años desde la puesta en marcha de la Ley.

Las personas con dependencia moderada son aquellas que necesitan ayuda para realizar una o varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día. En la actualidad, más de 4.500 personas están incluidas en este grado de dependencia. Ahora, una vez publicado en el BOA el catálogo de prestaciones y servicios, se irán integrando en el sistema.

En concreto, se establecen los servicios de promoción de la autonomía personal, de teleasistencia, de ayuda a domicilio, de centro de día y de centro de noche.

En cuanto a los servicios de promoción de la autonomía personal se establecen la habilitación y terapia ocupacional, atención temprana, estimulación cognitiva, promoción, mantenimiento y recuperación de la autonomía funcional, habilitación psicosocial para personas con enfermedad mental o discapacidad intelectual y apoyos personales y cuidados en alojamientos especiales (viviendas tuteladas). La intensidad de estos será, por lo general, de 20 a 30 horas mensuales. Para la atención temprana la atención mínima será de 6 horas al mes y para los servicios de promoción, mantenimiento y recuperación de la autonomía funcional la intensidad será de, como mínimo, 15 horas.

El servicio de teleasistencia tiene como finalidad atender a las personas beneficiarias mediante el uso de tecnologías de la comunicación e información, con el apoyo de los medios personales necesarios, para responder de forma inmediata ante situaciones de emergencia, inseguridad, soledad o aislamiento. El objetivo es favorecer la permanencia de las personas usuarias en su entorno habitual. Este servicio se prestará las veinticuatro horas del día y todos los días del año, de forma complementaria al resto de prestaciones contempladas en el Programa Individual de Atención (PIA).

La ayuda a domicilio es un servicio que comprende la atención personal en la realización de las actividades de la vida diaria y la cobertura de las necesidades domésticas. Para el grado de dependencia moderado la intensidad de este servicio será de entre 21 y 30 horas al mes. Por su parte, la intensidad del servicio de centro de día se ha establecido en 25 horas semanales.

Cuando la persona en situación de dependencia tenga su domicilio en un entorno rural con insuficiencia de recursos públicos o privados acreditados o cuando las circunstancias geográficas impidan otras modalidades de atención, la administración permitirá, de forma excepcional, los cuidados no profesionales por parte de una persona del entorno.

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