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Industria abre una línea de financiación de infraestructuras turísticas destinada a las administraciones locales

Aragón es la primera Comunidad Autónoma que regula la concesión de estos préstamos que podrán solicitarse hasta el próximo 15 de octubre

El Boletín Oficial de Aragón publicará en los próximos días la Orden de 28 de julio de 2010 del Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno de Aragón por la que se convoca para el año 2010 la línea de financiación con cargo al Fondo Financiero del Estado para la Modernización de las Infraestructuras Turísticas (FOMIT).

Este fondo, regulado por el Real Decreto 937/2010, de 23 de julio, cuenta con un presupuesto de 200 millones de euros para toda España y tiene como finalidad apoyar financieramente los proyectos de renovación, modernización y reconversión integral de destinos turísticos maduros desarrollados por las administraciones locales y organismos dependientes de las mismas y por los consorcios creados para llevar a cabo planes de modernización y reconversión integral de destinos turísticos maduros, con la participación de la Administración General del Estado. Desde que se pusiera en marcha en 2004, este fondo ha demostrado su utilidad a la hora de adecuar aquellos destinos turísticos españoles con mayor protección en los mercados turísticos internacionales a los nuevos requerimientos de la demanda.

Con esta Orden Aragón es una de las primeras comunidades españolas en poner a disposición del sector turístico esta línea de financiación para destinos turísticos maduros, que serán los que reúnan al menos tres de las siguientes características:

– Sobrecarga urbanística y ambiental.
– Sobreexplotación de recursos.
– Obsolescencia de los equipamientos turísticos.
– Escasa inversión del sector turístico privado.
– Oferta y demanda turística estabilizada o decreciente.

Podrán ser beneficiarios de estos préstamos:

– Entidades locales, organismos autónomos locales, entidades públicas empresariales locales y sociedades mercantiles locales.
– Consorcios o entidades constituidos para ejecutar proyectos que se desarrollen en el marco de un plan de reconversión o modernización integral de un destino turístico maduro, en los que participe la Administración General del Estado con otras administraciones públicas o entidades privadas.

Serán financiables proyectos que contengan actuaciones como las siguientes:

– Construcción, ampliación, renovación o remodelación de infraestructuras públicas municipales.
– Instalación, sustitución o reparación de equipamientos turísticos.
– Establecimiento, ampliación o mejora de servicios públicos municipales que mejoren la oferta turística.
– Inversiones dirigidas a recuperar la calidad ambiental y paisajística de los destinos y a reducir la densidad urbanística de las zonas turísticas, así como las que faciliten la modernización de los destinos turísticos.

Entre los criterios de valoración, se encuentran la localización de las inversiones en estaciones de esquí alpino y de fondo o la contribución al mejora de la gestión ambiental, la accesibilidad de las personas con discapacidad, la rehabilitación urbanística de municipios, la diversificación de la oferta de alojamientos al aire libre o la aplicación de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Las ayudas consistirán en préstamos con largos plazos de amortización, incluyendo periodos de carencia y bajos tipos de interés. Para las entidades locales, podrán cubrir el 100% de la inversión financiable, con límite máximo de 6 millones de euros y un mínimo de 300.000 euros por beneficiario y año. Para los consorcios los préstamos podrán alcanzar los 25 millones de euros por beneficiario y año. Los préstamos que se concedan con cargo al FOMIT durante el ejercicio presupuestario 2010 se efectuarán con un tipo de interés fijo del 0,50% y serán reembolsables en un plazo de entre 1 y 15 años, con un periodo máximo de carencia de cinco años.

Las solicitudes podrán presentarse hasta el 15 de octubre de 2010 en cualquiera de las entidades de crédito mediadoras con las que el Instituto de Crédito Oficial (ICO) haya suscrito el correspondiente acuerdo, cuyo listado figura en la web www.ico.es.

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